El plazo para la renovsción mercantil fue ampliado.

. Mediante el decreto 434 de 2020, el
Presidente de la República, acaba de establecer plazos especiales para la
renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y los demás registros que
integran el Registro Único Empresarial y Social RUES, con la intención de
mitigar los efectos económicos por el Covid 19.
Los plazos son los siguientes:
Matrícula mercantil, RUNEOL y demás registros que integran el Registro
Único Empresarial y Social RUES: Los registros relacionados en el artículo 166
del decreto ley 019 de 2012, con excepción del Registro Único de Proponentes,
hasta el día 3 de julio de 2020.
Registro Único de Proponentes: Las personas naturales, jurídicas nacionales o
extranjeras en Colombia, interesadas en participar en procesos de
contratación con el estado, deberán presentar la información para renovar su
registro a más tardar el quinto día hábil de julio de 2020.
Afiliaciones a las Cámaras de Comercio: La renovación de la afiliación que
trata en el artículo 20 de la ley 1727 de 2014, deberá realizarse a más tardar el
3 de julio de 2020.
La Cámara de Comercio de Villavicencio, inicia desde ya el proceso de
planificación para el desarrollo y cumplimiento de las presentes prórrogas, las cuales son derivadas de la gestión que la red de Cámaras de Comercio de Colombia han venido realizando ante el Gobierno Nacional.