¿Y la “prima” para cuándo?

La prima de servicios que reciben los trabajadores particulares que corresponde en el mes de Junio al 50% del valor de su remuneración mensual no se sabe hoy si la pagarán o no.

La finalidad de la prima de servicios es que el trabajador participe en las utilidades de la empresa, según se desprende del numeral 2 del artículo 306  del Código Sustantivo del Trabajo tal y como lo ha señalado la Corte Constitucional en repetidas ocasiones.

La prima de servicios se introdujo en la reforma laboral del año 1950, para sustituir la obligación que tenían los empleadores de dar a sus trabajadores una participación en las utilidades de la empresa, así como la prima de beneficios, prevista en el régimen laboral anterior.

“El pago de utilidades se había convertido en uno de los conflictos constantes entre patronos y trabajadores, de manera que el legislador se ideó una forma alternativa de permitir al trabajador recibir una suma determinada de dinero, que, en cierta forma, represente su participación en las utilidades de la empresa.”

¿La prima se paga o no?

Si bien es cierto, que, el ministro del trabajo Ángel Custodio Cabrera, y el propio presidente Iván Duque, han sido categóricos en afirmar que la prima de los trabajadores debe pagarse, dejando a un lado la polémica propuesta hecha por el columnista y ex vicepresidente Germán Vargas Lleras; lo que hoy es toda una incertidumbre, es para cuando se pagará esta prestación social a los trabajadores particulares. Y digo para cuando, no sólo porque el Gobierno Nacional sigue evaluando las propuestas de la diferentes agremiaciones de empresarios, Fenalco, la Andi y algunos grandes empresarios que han solicitado que el pago de la prima se pueda hacer con posterioridad a la fecha en que por ley debe pagarse, sino también porque si no expiden una norma que permita a los empleadores pagar la prima en una fecha posterior al 30 de Junio, seguramente la gran mayoría, de micro, pequeños, medianos y hasta grandes empresarios no podrán pagarla, ya que no cuentan con los recursos para cumplir con esta obligación que tienen con sus trabajadores.

 

Y es que a la fecha, sin ser expertos en economía, las utilidades de las empresas,  este semestre seguramente deben arrojar un resultado negativo, y si a esto le sumamos la gran cantidad de trabajadores independientes, trabajadores informales, que no fueron beneficiados con los programas de apoyo que hasta el momento ha diseñado el equipo de Gobierno Nacional para mitigar la crisis que deja estos más de dos meses de aislamiento, los trabajadores hoy seguirán preguntándose, ¿Para cuando la prima?.

 

Es cierto que los derechos laborales son irrenunciables, que la prima de servicios para los trabajadores no sólo es una mera expectativa, pero, como ya se dijo, las propuestas efectuadas por la gran mayoría de los gremios, es permitir que se prorrogue legalmente la fecha en que debe cumplirse con esta obligación. Si el Gobierno no lo hace, si en uso de las facultades excepcionales no expide una norma en este sentido, de igual forma esto no será garantía de que los trabajadores reciban su prima en el mes de Junio.

Es hora de que los sindicatos empujen para el mismo lado que el Gobierno y los empleadores, y hagan su aporte a esta crisis ya que no se les está pidiendo nada regalado, sólo, que le den un espaldarazo a esta propuesta y permitan que los empleadores que se han visto afectados puedan pagar la prima de servicios en una fecha posterior al mes de junio.

 

Los trabajadores particulares reciben su prima de servicios equivalente a 30 días de salario por cada de servicio en dos pagos, el 50% en el mes de junio y el restante en el mes de diciembre, que tal, si, le permiten a esta gran cantidad de empresarios afectados pagar la totalidad de la prima de servicios en el mes diciembre.

 

Seguramente no es una solución para todos estos sectores que hoy no saben cuando podrán reiniciar sus actividades, pero si será un gran alivio, el sólo hecho de no continuar preocupados, y con la incertidumbre de saber sí conseguirán o no el dinero para pagar la tan anhelada prima.

 

En los últimos días, fue expedido el Decreto 683 por parte del Gobierno, el cual faculta a las entidades territoriales para ajustar los Planes de Desarrollo Territoriales en trámite ante las asambleas y concejos, los cuales podrán ser objeto de modificaciones por parte de gobernadores y alcaldes con motivo de los efectos derivados de la pandemia del Covid-19 hasta el 15 de junio de 2020.

 

¡Esta es una excelente noticia!

Que gran oportunidad que tiene los gobernantes, de adecuar estos planes a la realidad actual de cada una de las entidades. Es tiempo de fortalecer el acceso a formación para el trabajo, educación técnica, tecnológica y de programas para su inclusión a mercados de trabajo formal y a emprendimientos. Diputados y concejales hoy tienen la responsabilidad de hacer el control político para el cual fueron elegidos y verificar que se haga uso de estas herramientas que hoy tienen nuestros mandatarios para fortalecer no sólo a los trabajadores si no también a los empresarios de la región.

 

Camilo Ernesto Rey Forero

Abogado Especialista En Derecho Laboral

Asesor Y Consultor