Economía

A pagar por bloquear la estación petrolera Chichimene, en Acacías

El Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsables a la Corporación Comunitaria Juntas de Acción Comunal Área de Influencia Directa San Isidro de Chichimene (CJAID) y a su expresidenta Sandra Patricia Ruiz Riaño, y las condenó solidariamente a reparar los perjuicios económicos ocasionados a Ecopetrol por los bloqueos realizados en la Estación Chichimene, en Acacías.

En el proceso se acreditó que, durante las protestas sociales lideradas por la CJAID entre el 31 de julio y el 15 de agosto de 2017, se bloquearon los accesos a la estación, se restringió el ingreso de trabajadores y contratistas y se dificultó el traslado de maquinaria e insumos necesarios para las operaciones.

Aunque parte del crudo podía producirse posteriormente, el Consejo de Estado concluyó que ello no descartaba la existencia del perjuicio.

La Sala explicó que el aplazamiento de la producción implica, al menos en principio, una afectación en la oportunidad de generar ingresos, pues la explotación tardía del recurso puede generar diferencias económicas asociadas al valor del dinero en el tiempo, las condiciones del mercado o las oportunidades de comercialización.

La sala también determinó que las actuaciones excedieron los límites del derecho a la protesta, al incluir el bloqueo de instalaciones industriales, la restricción del ingreso de trabajadores, contratistas e insumos y la afectación de la actividad productiva.

“Es claro que el derecho a la protesta fue utilizado en este caso como un mecanismo de presión que excedió su función constitucional y democrática en tanto generó una afectación directa al derecho de propiedad y al normal desarrollo de la actividad económica de la empresa demandante”, precisó la sala.

En este caso se reconoció el derecho de Ecopetrol a ser indemnizada por el lucro cesante, por un valor que se debe determinar en un posterior proceso de liquidación.